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Contraloría objeta regulación de la Suseso a gobiernos corporativos de mutuales

CGR dice que regulación de los roles y funciones de los directores, el presidente del directorio, el fiscal y el gerente general, así como la gestión de conflictos de interés, adolecen de ilegalidad.

Fuente: El MercurioPublicado el 24 de septiembre de 2018.

Las buenas relaciones entre la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y la industria de las mutualidades se vieron afectadas a fines de 2016, cuando el regulador puso en consulta y luego publicó una circular sobre sus gobiernos corporativos.

El tema derivó en una disputa que hace unas semanas zanjó la Contraloría tras un requerimiento presentado por la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), la Mutual de Seguridad y el Instituto de Seguridad del Trabajo en contra de la Suseso.

La industria alegó ante la Contraloría que, en virtud de su calidad de corporaciones de derecho privado, cuentan con una legislación y mecanismos de administración propios, careciendo la Superintendencia de atribuciones para imponerles normas sobre su funcionamiento interno y la configuración y contenido de sus estatutos.

Para resolver, la Contraloría requirió de informes a la Suseso y precisó que la cuestionada circular N° 3.286, de 2017, fue derogada por el Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, texto que refundió y mantuvo las instrucciones que en un inicio fueron reclamadas.

Gobierno corporativo

El ente contralor respaldó la normativa de la Suseso, pero realizó una dura objeción a las mayores exigencias de gobierno corporativo. "Las instrucciones impartidas mediante la derogada circular (...) y actualmente contenidas en el Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la ley, del mismo origen, adolecen de los vicios de ilegalidad referidos precedentemente, debiendo esa entidad adoptar las medidas tendientes a regularizar tal situación e informar de ello a este Organismo de Control, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la notificación del presente dictamen", dice el documento.

La impugnación afecta la regulación que se previó acerca de los roles y funciones de los directores, el presidente del directorio, el fiscal y el gerente general, el funcionamiento de las juntas generales de adherentes, la forma en que deben contratarse los asesores del directorio y sus comités, así como la organización de estos últimos, entre otros puntos.

El presidente de la Asociación de Mutuales, Ernesto Evans, señaló que reciben el dictamen "con tranquilidad, en el entendido que las autoridades regulatorias deben actuar respetando siempre la Constitución y las leyes".

Desde la Suseso dijeron que como parte del cumplimiento del dictamen se conformó una mesa de trabajo con las mutualidades para acercar posiciones y actualizar el Compendio Normativo de la Ley N° 16.744.

Fuente El Mercurio

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