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Quienes emitan boletas por más de $1.440.000 deberán cotizar un 17% a partir de abril

Esto significa, el equivalente al 80% de sus rentas brutas anuales, pudiendo acceder a prestaciones de seguridad social.

Fuente: El MercurioPublicado el 19 de febrero de 2019.

A partir de abril de 2019, los trabajadores que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual o superior a cinco ingresos mínimos mensuales ($1.440.000 a la fecha) estarán obligados a imponer por el 80% de sus rentas brutas anuales, lo que se traduce en cotizaciones por el 17%.

Esto se llevará a cabo en la Operación Renta de cada año, partiendo el 2019 con cargo a las rentas percibidas durante el 2018, permitiendo que los trabajadores que emiten boletas de honorarios accedan a la misma protección de los regímenes de seguridad social a la que tienen derecho los trabajadores dependientes(atención en caso de accidentes laborales o profesionales, licencias médicas, cuidado de sus hijos en caso de enfermedad catastrófica, pensiones de vejez e invalidez, entre otros beneficios).

Para efectos del pago de las cotizaciones a través de la declaración anual de impuesto a la renta 2019, la cobertura mencionada anteriormente se extenderá desde julio de 2019 hasta junio de 2020.

Con el fin de cumplir con el marco normativo, se aumentará gradualmente la retención de impuestos del 10% que afecta las boletas de honorarios. En abril de 2019, la cotización partirá en 10% y el 2020 comenzará el alza paulatina de 0,75%; el noveno año subirá 1% para llegar al 17% el 2028.

Beneficios

Los trabajadores que emiten boletas de honorarios y coticen a partir de la Operación Renta 2019 tendrán la misma protección de los regímenes de seguridad social existentes en Chile, a las que tienen derecho los trabajadores dependientes: Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, seguros de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, salud ambulatoria y hospitalaria, Ley SANNA, derecho a prestaciones familiares y pensiones de vejez.

EXENTOS
Quedan exentos de cotizar los hombres de 55 años o más, y las mujeres de 50 años o más, al 1 de enero de 2018.

Fuente: El Mercurio

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