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Las AFP deben comunicar de aquí al jueves a Tesorería quiénes podrán recibir el bono de hasta $200 mil

Instructivo establece que las administradoras deben construir dos nóminas. Una con los beneficiarios del bono completo y otra con los afiliados que tendrán un bono parcial. En total serán 3,5 millones de personas. Dos días después las AFP deberán tener habilitada una aplicación para recibir las postulaciones.

Fuente: La Tercera-PulsoPublicado el 11 de mayo de 2021.

Si bien la Superintendencia de Pensiones ya había enviado a las AFP el miércoles pasado un borrador de oficio para que las administradoras se preparen para el pago del bono de hasta $200 mil de cargo fiscal establecido en el proyecto que despachó el Congreso, recién el viernes por la noche el regulador les envió el oficio definitivo, que trae varios cambios respecto al original.

El instructivo final detalla que las AFP deberán hacer dos archivos para enviar a la Tesorería General de la República (TGR) de aquí al jueves: uno respecto a los afiliados y beneficiarios de pensión de sobrevivencia que pueden acceder al bono íntegro de $200 mil (quienes producto de los retiros 1 y 2 en algún momento quedaron con saldo cero en sus cuentas); y otro archivo con los afiliados o beneficiarios que al 31 de marzo tenían menos de $200 mil en sus cuentas, por lo que recibirán el monto restante que se necesite para llegar a los $200 mil (solo si están afiliados al sistema antes del 1 de enero).

El oficio señala que "se autoriza, adicionalmente, a complementar el primer envío de información con archivos a la TGR que se deberán remitir los días 19 y 26 de mayo".

El documento también dice que a más tardar este jueves 13 de mayo las AFP deberán notificar a los afiliados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que les corresponde recibir el bono, el inicio de los trámites con la TGR para requerir el bono de cargo fiscal y deben comunicar que, en los siguientes días, confirmarán a si la Tesorería aprobó el pago del bono respectivo.

"Además, a más tardar el día hábil siguiente de recibido los recursos desde la TGR, la Administradora comunicará a los respectivos afiliados y beneficiarios que disponen del bono de cargo fiscal, indicando su monto, y que pueden efectuar su retiro mediante la suscripción del respectivo formulario de Solicitud de Retiro", dice el oficio.

Así, las AFP deberán implementar una nueva aplicación para el retiro del bono de cargo fiscal, según las mismas reglas que ya le instruyó la Superintendencia a las AFP con motivo del tercer retiro, pero esta vez la aplicación será independiente del banner que tienen actualmente disponibles las AFP para hacer los retiros 1, 2 y 3, y se llamará "Retiro de bono de cargo fiscal".

El oficio dice que la aplicación deberá estar disponible para el ingreso de solicitudes por parte de los afiliados y beneficiarios a más tardar a las 9.00 horas del día hábil subsiguiente a la recepción de la primera nómina de beneficiarios por parte de la TGR.

Con todo, esta solicitud de retiro podrá realizarse hasta 365 días después de publicada esta ley en el Diario Oficial. Si un afiliado se cambió de AFP en medio de todo este proceso, la administradora deberá traspasar el saldo que le corresponde al afiliado a la nueva AFP en la que se encuentra en un plazo de 3 días hábiles contado desde la recepción de los recursos desde la TGR.

Quiénes son los que acceden al bono

El documento explica que tendrán derecho a acceder al bono tanto los afiliados del sistema, como los beneficiarios de pensión de sobrevivencia, y los pensionados de vejez e invalidez, que cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

"Los afiliados y beneficiarios fallecidos antes de la publicación de la ley, no tienen derecho al bono de cargo fiscal", detalla el oficio.

Si una persona tiene saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias y además posee una cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario, se sumarán ambas para ver cuánto es el monto que le corresponde para llegar a los $200 mil.

Por otro lado, en caso de que una persona tenga al mismo tiempo la calidad de afiliado y beneficiario y cumple con los requisitos en ambos casos para obtener el bono, "tendrá derecho sólo a un bono y será aquel que corresponda a su calidad de afiliado", dice el oficio.

Fuente: La Tercera-Pulso

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