Tras el anuncio de la posible implementación de una tarifa plana para los programas de salud, las Isapres están en el ojo del huracán. Porque si el Tribunal Constitucional decide eliminar el artículo 38 ter de la ley que regula a las instituciones de salud privada, éstas ya no podrán aplicar en el valor de sus planes los factores de riesgo en función del sexo y la edad. La tabla de factores de riesgo se refiere a las expectativas esperadas de consumo de salud para cubrir las enfermedades que complementan el Auge. En base a esa lógica, hay que tener claro que la posibilidad de implementar una tarifa plana, debe verse con una doble perspectiva. La primera es la del derecho a la salud; y la segunda, es la libertad que asiste a todos los ciudadanos de ser propietarios de sus recursos. El aspecto legal que hay que resolver es muy relevante. Habría que ver si el Tribunal Constitucional le da más importancia al derecho a la salud o si lo equilibra. Hay que estudiar opciones para que el sistema privado pueda ser una alternativa real para los chilenos, ya que hoy las Isapres sólo dan cobertura a un 20% de la población. Existe la voluntad del Gobierno de iniciar los estudios que llevarían a que las instituciones privadas busquen opciones, para que sean accesibles a un espectro más amplio los chilenos. Es posible que el sistema privado tenga que idear una combinación que sea distinta a la actual. No descarto que se puedan abrir cuentas de ahorro para la salud, si bien, los jóvenes van a tener que hacer un aporte más elevado, pero que redundaría en que cuando sean mayores su cobertura de salud no comprometa grandes costos. Si se decreta una tarifa plana para la salud, va a ser un reconocimiento implícito de que uno no es propietario del recurso. El Tribunal Constitucional va a estar ante un escenario complejo y es posible que se tome los 90 días de que dispone para que sus miembros se manifiesten, con argumentos muy sólidos que permitan generar un cambio. NICOLAS STARCK DIRECTOR CORPORACIÓN DE INVESTIGACIÓN, ESTUDIO Y DESARROLLO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (CIEDESS)
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