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Reforma tributaria da paso contra la informalidad y el impuesto a la renta se verá el lunes

La comisión de Hacienda despachó la totalidad del primer artículo, con la aprobación de las normas de fiscalización del SII a contribuyentes y los trámites ante los TTA.

Fuente: DFPublicado el 24 de noviembre de 2022.

La reforma tributaria continúa avanzando en la comisión de Hacienda de la Cámara. A un ritmo lento, pero seguro.

Ayer, los diputados de la instancia aprobaron el primer artículo relacionado con las medidas para combatir la evasión y la elusión, junto con los capítulos que norman los procedimientos judiciales ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA) y ante la Tesorería General de la República (TGR), la fiscalización y relación entre el Servicio de Impuestos Internos (SII) y los contribuyentes, y las normas transitorias.

El trámite del proyecto de Ley de Presupuesto en el Senado, que continuó la tarde de ayer, obligó a postergar la doble jornada y reagendar para el lunes el inicio de la discusión clave del proyecto: los cambios al impuesto a la renta.

Este capítulo contempla tópicos que prometen acentuar las diferencias entre el gobierno y la oposición, como el aumento de los tramos medios altos del impuesto Global Complementario, la eliminación o ajuste de algunas exenciones, la desintegración del sistema y un nuevo tributo a las utilidades retenidas.

Artículo clave

Los diputados partieron la jornada aprobando los últimos artículos del comparado sobre relación entre SII y contribuyente.

Así, despacharon una norma que establece que el aumento en el plazo de prescripción cuando un contribuyente no informe cambios societarios relevantes que tengan efectos impositivos, aplicará exclusivamente cuando el incumplimiento buscare evitar el pago de un impuesto, ocultar al sujeto pasivo o evitar la aplicación de una norma especial o general antielusiva.

En este punto, se aprobó un cambio relevante para efectos del control sobre la informalidad, al establecer la obligación para algunas instituciones de exigir la acreditación del inicio de las actividades ante el SII a determinados contribuyentes.

Por ejemplo, para todos los órganos de la administración del Estado, esta obligación aplicará respecto de las personas que requieran una autorización para desarrollar una actividad económica o que dicha autorización sea parte de los requisitos a cumplir.

Para Aduanas esta obligación regirá respecto de los importadores y exportadores que desarrollen una actividad económica.

El sector privado no se queda atrás, ya que los administradores u operadores de medios de pago electrónico también deberán exigir el inicio de actividades a los contribuyentes que contraten sus servicios a efectos de desarrollar una actividad económica.

Luego, enviaron a Sala una enmienda para que, una vez presentado el aviso de término de giro o actividades de un contribuyente, el SII tenga un plazo de seis meses para revisar y girar directamente cualquier diferencia de impuestos, plazo que se extenderá en tres meses si el servicio toma conocimiento de nuevos antecedentes que modifiquen la determinación de impuestos del contribuyente, o que este último presente antecedentes adicionales que no haya tenido a disposición al momento de realizar la declaración.

Tras visar artículos como los que regulan la competencia de los Tribunales Tributarios Aduaneros (TTA) en la fiscalización multijurisdicción de grupos empresariales, y el recurso de reposición administrativo por la aplicación de la Norma Antielusiva, los diputados entraron al capítulo sobre los procedimientos ante la justicia especializada.

Aquí, tuvieron la mayoría de los votos positivos artículos como el que crea el expediente electrónico para los procedimientos judiciales ante los TTA; el que modifica las causales de reclamación ante los tribunales, agregando los avalúos y contribuciones de bienes raíces, así como la resolución que declare elusión; y la ampliación de la facultad del SII para solicitar medidas cautelares al tribunal, entre otras.

PGU: Gobierno pide postergar
cambios a patentes mineras

Menores ingresos oscilarán entre US$ 40,7 millones y US$ 78,9 millones.

El Gobierno ingresó ayer a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que posterga la entrada en vigencia de los cambios a las patentes mineras, uno de los mecanismos tributarios que financian la Pensión Garantizada Universal (PGU).
En la ley aprobada a inicios de este año, se aumenta el plazo de duración de la patente de exploración de dos a cuatro años, pero eliminando la posibilidad de renovación. Adicionalmente, se incrementa el monto de la patente de 1/50 UTM por hectárea a 3/50 UTM por hectárea.
En cuanto a la patente de explotación, se sube el valor de la patente no metálica al nivel de la metálica (1/10 UTM).
En su justificación, el mensaje presidencial señala que por la "premura" en la tramitación de la ley que elimina exenciones se generaron "ciertos vacíos e inconsistencias" en la normativa minera, por lo que en paralelo presentó un proyecto en la Cámara que modifica el Código de Minería.

El problema es que el nuevo sistema de coordenadas para las concesiones mineras no estará lista en los plazos previstos, por lo que se propone postergar la entrada en vigencia de la norma hasta el 1 de enero de 2024.
Esto significará que se postergarán en un año los nuevos ingresos que percibiría el Fisco.

Así, el Estado verá reducidos sus ingresos en $ 72.199 millones en 2023 y $ 37.317 millones en 2024. Esto equivale a US$ 78,9 millones y US$ 40,7 millones, respectivamente.

Fuente: DF

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