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Ley de protección del empleo: mixta cierra la puerta a reparto de utilidades a empresas que se acojan y perfeccionó cobertura de seguros

Sala del Senado respaldó cambios a la propuesta, la cual ahora debe ser respaldada por la Cámara de Diputados.

Fuente: Diario FinancieroPublicado el 06 de mayo de 2020.

Compleja e intensa fue la sesión de la comisión mixta que se realizó hoy para zanjar, de una vez por todas, el debate y las diferencias respecto a los ajustes a la Ley de Protección del Empleo.

Cuando la ley llevaba un día en vigencia, el Ejecutivo ingresó una ley corta para perfeccionar algunas materias de dicha norma. Sin embargo, el debate mutó y la instancia comenzó a debatir algunos de los aspectos de la norma que han sido criticados, como el reparto de dividendos en aquellas firmas que se acojan a los beneficios.

Para resolver este tema, hoy el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, presentó algunas alternativas para evitar escenarios como el de Cencosud. Sin embargo, sus opciones no convencieron a los parlamentarios.

¿Qué propuso el Gobierno? Que las empresas que se acojan a la ley y que estén organizadas como sociedades anónimas abiertas de conformidad a la Ley 18.046 "no podrán durante el tiempo en que presenten contratos de trabajos suspendidos ante la sociedad administradora del seguro de cesantía y en la medida en que representen un porcentaje superior al 10% de su planilla consolidada de trabajadores, repartir dividendos entre sus accionistas por sobre el mínimo legal".

Esta idea no convenció a los parlamentarios de oposición, quienes finalmente terminaron aprobando que las firmas organizadas como sociedades anónimas o que sean parte de un grupo empresarial, no podrán repartir dividendos durante el ejercicio comercial en que la empresa o una de las entidades del grupo tengan contratos de trabajo suspendidos.

La situación de los seguros

Pero el reparto de dividendos no fue el único tema que se discutió, también se modificó el artículo de la Ley de protección del empleo que permite activar seguros en caso de que la persona caiga en la suspensión de su contrato de trabajo.

Actualmente la Ley dice que "los trabajadores que hagan uso de los beneficios de esta ley, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 1 y 7, tendrán derecho a hacer efectivos los seguros de cesantía o cláusulas de cesantía asociadas a los créditos de cualquier naturaleza que sean éstos, con bancos, instituciones financieras, casas comerciales y similares, con los que mantengan deudas en cuotas u otra modalidad". Sin embargo, esta figura, tal como estaba en la norma, a juicio de Hacienda tendría impactos negativos.

Por este motivo, el Ejecutivo presentó una indicación para perfeccionar esta figura.

Así, finalmente, si bien se mantuvo que quienes están sujetos a la Ley se entenderá que estarán en una situación de cesantía involuntaria y por tanto tienen derecho a hacer efectivos los seguros, se modificó el tipo de cobertura que tendrán.

Específicamente, desde ahora, se mantiene la cobertura pero el monto que la aseguradora pagará de cada cuota con cargo a la póliza será proporcional a la disminución de ingresos que experimente el trabajador para el período de vencimiento de la cuota respectiva.

¿Cómo se calculará la cuota a pagar dada por la caída de ingresos del trabajador? Se determinará sacando un promedio entre las remuneraciones recibidas en los últimos tres meses que se consideren para entregar el seguro y la suma del monto del beneficio que se otorgue para el periodo de vencimiento de la cuota respectiva y cuando corresponda la remuneración de cargo del empleador que el trabajador reciba durante dicho periodo.

Empresas IPSA

En la comisión mixta el Gobierno dio a conocer que algunas empresas IPSA (índice que agrupa a las mayores empresas chilenas abiertas en bolsa) se acogieron a Ley que ha estado en la palestra en los últimos días luego de que empresas que están usando el beneficio, al mismo tiempo están repartiendo dividendos entre sus accionistas más allá del mínimo legal.

De acuerdo a lo indicado por lo indicado por la Ministra de Trabajo, María José Zaldívar, Cencosud, Salfacorp y Ripley se sumaron a la ley que busca ir en ayuda de los trabajadores afectados por el efecto del coronavirus en el desarrollo de sus trabajos.

"Tenemos cinco empresas IPSA que se han acogido a la Ley de Protección al Empleo, en distintos órdenes de magnitud. Tenemos Cencosud efectivamente con 4.251 trabajadores acogidos; Ripley con 3.170; pero luego tenemos una constructora que es muy grande como Salfacorp, habiéndose acogido solamente con 527 trabajadores y la viña Concha y Toro con uno solo", sostuvo la secretaria de Estado.

La ministra además indicó en la instancia que entre las anteriores empresas "sabemos que han repartido utilidades. Por ejemplo Ripley y la constructora Salfacorp, lo hicieron en el mínimo legal, es decir, el 30%. Por lo tanto tiene cumplimiento con lo que la ley establece".

"Creo que es muy complejo estar legislando por un caso que se está escapando absolutamente de la norma respecto de las empresas y cómo ellas han estado usando esta ley. Dentro de los números que estamos manejando, en este minuto tenemos nuevamente que solo un 1% de las empresas que se están acogiendo son empresas grandes y si lo vemos en porcentaje de trabajadores totales, son un 26%. Más del 64% de las empresas son micro y si nosotros hacemos un doble click vemos que la mayoría de las empresas se están acogiendo respecto de menos de cinco trabajadores", agregó Zaldívar.

A la comisión, el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, llegó con la propuesta del gobierno para terminar con la polémica por el reparto de dividendos. La idea del ejecutivo es que las empresas que se acojan a la ley y que sean sociedades anónimas abiertas no puedan durante el tiempo en que presenten contratos de trabajos suspendidos -y en la medida en que representen un porcentaje mayor al 10% de su planilla-, repartir dividendos por sobre el mínimo legal que es del 30% de las utilidades.

En su presentación, Zaldívar había mencionado a Falabella, sin embargo, desde la firma salieron a aclarar que la empresa que se acogió a la ley es Viajes Falabella, entidad que el año pasado fue vendida a Despegar.

"No son trabajadores de Falabella", indicaron desde la firma, añadiendo que "ninguna de las unidades de negocio de Falabella S.A. se ha acogido a la Ley de Protección al Empleo".

Minutos después, la titular de Trabajo corrigió la información, y aclaró que no fue Falabella la firma que se habría acogido.

Concha y Toro "aclaró que el caso informado se trata de un error y que ya estaba en contacto con la autoridad para su regularización", dado que no se han acogido a la Ley de Protección del Empleo.

Sala del Senado respaldó cambios a la propuesta, la cual ahora debe ser respaldada por la Cámara de Diputados.

Fuente: Diario Financiero

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