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¿Qué significa incluir como un derecho social la vivienda propia? Los efectos de esta norma en la propuesta de nueva Constitución

La consagración constitucional de este tema ha sido objeto de debate en los dos procesos, tanto en la Convención como en el Consejo. En el primero, se criticó no haber dejado establecido que la vivienda era propia; en esta segunda oportunidad, el órgano redactor con mayoría de derecha, estableció que la satisfacción de este derecho será "con preferencia de acceso a la vivienda propia". Diversos académicos plantean sus dudas sobre las implicancias de este artículo.

Fuente: La Tercera- PulsoPublicado el 07 de noviembre de 2023.

La propuesta de nueva Constitución que se va a plebiscitar en diciembre contiene cinco derechos sociales: salud, educación, seguridad social, agua y saneamiento y vivienda. Este último es el único de los cinco que no está presente en la Constitución. Su incorporación fue una innovación de la Convención que también se mantuvo, con matices y modificaciones, en el Consejo Constitucional.

"El Estado promoverá, a través de instituciones estatales y privadas, acciones tendientes a la satisfacción progresiva de este derecho, con preferencia de acceso a la vivienda propia, de conformidad con la ley", se lee en el texto.

La norma luego agrega: "El Estado adoptará medidas orientadas a generar un acceso equitativo a servicios básicos, bienes y espacios públicos, una movilidad segura y sustentable, conectividad y seguridad vial".

El académico de la Universidad de Chile y exministro del Tribunal Constitucional, Enrique Navarro, indica que "la referencia a la vivienda propia supone una preeminencia del derecho de propiedad sobre otras formas, como podría ser el uso o goce del bien, como en el contrato de arrendamiento".

El exconvencional y exministro de Vivienda, Cristián Monckeberg, afirma que, en el caso de aprobarse la Constitución, "no es que esto vaya a cambiar de la noche a la mañana".

"Es una consolidación progresiva. Al señalar que es progresiva está dando un baño de realidad respecto de lo que es la política de vivienda. Lo que se está haciendo es constitucionalizar una política pública", agrega el actual decano de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad del Alba.

El doctor en derecho y especialista en materia de vivienda, Eduardo Bofill, sostiene que "es un avance el hecho que se constitucionalice". Sin embargo, el académico de la Universidad de Valparaíso añade que "tiene problemas y defectos", como "por ejemplo, al marcar de manera expresa una preferencia de acceso a vivienda propia, eso es mantener la política de vivienda que se instauró desde la dictadura y que se ha mantenido hasta hoy día".

El abogado plantea que haber explicitado que la vivienda debe ser de preferencia propia, podría generar falencias. "El problema de esto no es una cosa política, que si es propia no, el punto es que desde Europa, donde este derecho tiene mayor trayectoria, lo que la lleva son políticas de alquiler o arriendo social", plantea Bofill.

La abogada constitucionalista y académica de la Universidad Alberto Hurtado, Claudia Sarmiento, valora la incorporación del derecho a la vivienda en la Constitución, señalando que la expresión adecuada "está en línea con lo dispuesto en el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales".

Sin embargo, añade algunos aspectos negativos: "No define el derecho (...) por el contrario, el énfasis está puesto en garantizar que las políticas públicas sigan una pauta que garantice la provisión privada y limitar, por ejemplo, una oferta puramente pública, lo que da cuenta de la desconfianza que existe en el rol del Estado en la provisión de derechos sociales".

"La consagración de la orientación a la preferencia de propiedad es una inclusión también nueva y que debería ser leída conjuntamente con la expresión 'adecuada', pues sin este componente queda desprovisto de los elementos de habitabilidad, asequibilidad o adecuación cultural y que, en derecho comparado y el derecho internacional de los derechos humanos, son indispensables", concluye Sarmiento.

El especialista en desarrollo urbano y arquitecto Iván Poduje también cuestiona el artículo. "El papel aguanta todo", asegura en referencia a la propiedad de la vivienda. El arquitecto señala que es "una mala broma prometer eso cuando tenemos un déficit de un millón de viviendas". "Están vendiendo humo y engañando a la gente", recrimina Poduje.

En esa misma línea, la profesora de la Universidad Austral y exintegrante del Comité Técnico de Admisibilidad (CTA), Viviana Ponce de León, explica que "la consagración del derecho a la vivienda en la propuesta conlleva el riesgo de generar expectativas demasiado elevadas al referirse a una preferencia al acceso a la vivienda propia, porque sin duda parte de la ciudadanía esperará soluciones concretas que vayan en la línea de respetar esa preferencia y las otras alternativas serán vistas como defectuosas".

Ponce de León va más allá y considera que la consagración del derecho en los términos que quedó establecido es "una expectativa irrealizable, considerando el déficit habitacional de 935.000 nuevas viviendas a nivel nacional que mostró la Encuesta Casen 2022″.

Exención de contribuciones

En el marco de este mismo derecho, el Consejo aprobó la exención del pago de contribuciones a la vivienda principal. El fin de este impuesto territorial será automático, "a razón de un 20% anual hasta su implementación total al quinto año". Seis meses después de entrada en vigencia la nueva Constitución, el Ejecutivo deberá enviar un proyecto de ley para regular las excepciones de quienes sí deben pagar. Dicha excepción debe fundarse en el "alto avalúo fiscal de la vivienda principal y los ingresos del contribuyente y de su familia".

Antes de los 12 meses desde que entre en vigencia la nueva Carta Fundamental, el Presidente deberá ingresar otro proyecto de ley para crear un mecanismo que compense los recursos que dejará de recibir el Fondo Común Municipal.


Fuente: La Tercera-Pulso

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