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Comisión de Salud del Senado inicia votación de la ley corta de isapres y aprueba que todos coticen 7% sin generar excedentes

Los senadores que integran la Comisión de Salud aprobaron por unanimidad que la regla general será que todas las personas estén obligadas a aportar al sistema su cotización de 7% de las remuneraciones imponibles, sin generar excedentes individuales hacia futuro como sucede en la actualidad en isapres.

Fuente: La Tercera-PulsoPublicado el 13 de diciembre de 2023.

Finalmente, este martes los senadores de la Comisión de Salud iniciaron la votación en particular de la ley corta de isapres. Allí, los parlamentarios partieron votando algunas indicaciones que ingresó el gobierno a inicios de noviembre, por recomendación de los técnicos, en las cuales había consenso entre los senadores.

De esta manera, aprobaron por unanimidad que la regla general será que todas las personas estén obligadas a aportar al sistema su cotización de 7% de las remuneraciones imponibles, sin generar excedentes individuales hacia futuro como sucede en la actualidad.

Esto implica que, quienes tengan un plan de salud que se financia con un monto inferior a su 7%, que es aproximadamente un 27% de los afiliados a isapres, podrán optar a mayores beneficios en sus planes, y estarán obligados a aportar la totalidad de su cotización sin generar excedentes.

Esto afectará el flujo futuro de las isapres, ya que aumentarán sus ingresos. Y también implica, de forma retroactiva, que al calcular lo que las isapres le adeudan a los afiliados por el cambio de tabla de factores, se va a considerar como cobro en exceso no lo que pagaba cada afiliado por su plan, sino que más bien se va a tomar como base desde lo cobrado desde el 7% hacia arriba. Eso, a juicio de los técnicos, justamente reducía el pasivo en poco más de US$360 millones.

A favor votaron los senadores Juan Luis Castro (PS), Francisco Chahuán (RN), Sergio Gahona (UDI), Juan Ignacio Latorre (RD), Ximena Órdenes (Ind-PPD).

Excedentes de las isapres

Entre otras cosas, lo aprobado por los parlamentarios señala que "al momento de celebrar un contrato de salud, las Instituciones de Salud Previsional no podrán ofrecer planes cuyos precios sean inferiores al valor de la cotización legal para salud del afiliado, calculada sobre el monto promedio de los últimos seis meses de la remuneración, renta o pensión, según sea el caso".

Y agrega que, "en caso de que, en las sucesivas adecuaciones anuales, el monto de los excedentes a destinar a la cuenta corriente individual supere el 5% de la cotización legal para salud, la isapre estará obligada a ofrecer al afiliado la incorporación de nuevos beneficios o planes de salud alternativos, cuyos precios más se aproximen al valor de su nueva cotización legal para salud y hayan sido comercializados dentro de los seis meses anteriores al ofrecimiento".

También dice que "las condiciones generales de cada plan de salud ofrecido deberán ser las mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes del respectivo plan y no podrán importar una discriminación entre dichos afiliados. En ningún caso, el afiliado estará obligado a suscribir uno de los planes de salud alternativos ofrecidos por la isapre. Mientras no suscriba un nuevo plan cuyo precio mejor se aproxime al valor de su cotización legal, toda diferencia superior al 5% de la cotización legal no generará excedentes".

Con todo, añade que "las revisiones de las adecuaciones anuales que hace referencia el inciso anterior, no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y sus beneficiarios".

El debate

Durante la sesión de este martes también se generó un debate por una indicación que se analizó a continuación, pero que finalmente no alcanzaron a votar, dados los reparos que hubo sobre dicha norma.

Fuente: La Tercera-Pulso

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