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Los avances legislativos que marcaron el año pasado

En el ejercicio anterior entraron en vigencia los cambios a la PGU y al Seguro Sanna.

Publicado el 05 de enero de 2024.

El año 2023 también fue intenso en materia de cambios legislativos y normativos de carácter laboral. Durante el ejercicio que acaba de terminar se aprobaron en el Congreso y entraron en vigencia una serie de leyes con implicancias en el mercado del trabajo.

Por ejemplo, en abril entró en vigencia la ley corta PGU, la cual corrigió el universo de referencia de beneficiarios. Así, se consiguió pasar del 60% más vulnerable de la población mayor de 65 años al 90% más vulnerable de la población.

Con este cambio, el beneficio llegará a cerca de 70.000 adultos mayores que, inicialmente, no calificaban.

En agosto el Gobierno promulgó la nueva Ley de Delitos Económicos, que también contempla aristas laborales.

En septiembre, además, entraron en vigencia las modificaciones al Seguro Sanna. Dicho texto legal, en términos simples, amplía de 90 a 180 días, el plazo de permiso para las y los trabajadores que son padres de una niña o niño afectado por cáncer, trasplante de órgano sólido o de progenitores hematopoyéticos. Además, agregó la cobertura para la contingencia de enfermedad grave de niña o niño de uno a cuatro años que requiera hospitalización en UCI o UTI.

En diciembre, el Gobierno ingresó las indicaciones a la reforma previsional, que se tramita desde noviembre de 2022 en el Congreso. También han avanzado varias medidas que fueron impulsadas por los parlamentarios. Aquí se cuentan la aprobación total de la ley de protección y reparación integral a las víctimas de femicidio y suicidio femicida, la cual contempla aspectos laborales, como, por ejemplo, que las víctimas de femicidio frustrado o tentado, así como las hijas e hijos de la ofendida por este delito, tienen derecho a la protección del trabajo y gozan de fuero laboral desde la perpetración del hecho hasta un año después.

La herencia de 2023: fortalecimiento del seguro de cesantía

▣ En octubre pasado, el Congreso despachó a ey el proyecto que fortalece los beneficios que entrega el Seguro de Cesantía y flexibiliza los requisitos de acceso a sus prestaciones. Modificaciones que entraron en vigencia recién en diciembre último. En lo medular, la ley robustece los beneficios que entrega el Seguro de Cesantía. En primer lugar, incrementa la tasa de reemplazo del segundo mes de las prestaciones con cargo a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), pasando desde 55% a 60% del respectivo promedio de remuneraciones. Y, además, flexibiliza los requisitos de acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía. Así, por ejemplo, se disminuye la exigencia del número de cotizaciones registradas en la Cuenta Individual por Cesantía, que permite el acceso a las prestaciones con cargo a dicha cuenta. La ley también flexibiliza aún más los requisitos y se otorgan mejoras en las prestaciones en casos en que exista declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, alerta sanitaria o se produzca la declaración de una zona afectada por catástrofe, como puede ocurrir, por ejemplo, en algunos casos de lluvias intensas, sismos u otros eventos que pueden afectar las fuentes de empleo de las y los trabajadores.

Enero: derecho a la conciliación laboral

▣ Una de las primeras normativas que entra en vigencia este 2024 es la Ley de Conciliación de la vida personal, familiar y laboral ( Ley nº 21.645). Dicha norma, que fue despachada por el Congreso el 20 de diciembre de 2023, entrará en vigencia el 29 del mes en curso, y dentro de sus ejes establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo, de modo que las o los trabajadores puedan efectuar todo o parte de su jornada diaria o semanal en esas modalidades, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita. El beneficio aplica a aquellos trabajadores que son madres o padres cuidadores de niños o niñas menores de 14 años, o que tengan a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada. La iniciativa, además, establece el derecho al uso preferente del feriado legal durante las vacaciones escolares definidas por el Ministerio de Educación a este universo de trabajadores; y la posibilidad de, cuando la naturaleza de las funciones lo permita, solicitar que se modifiquen transitoriamente turnos o la distribución de la jornada diaria y semanal para conciliar el trabajo con las necesidades de cuidado durante dichos periodos.

Abril: se inicia la reducción de la jornada laboral

▣ El 26 de abril la legislación que reduce la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales, más conocida como Ley de 40 Horas, cumple un año desde que fuera publicada en el Diario Oficial y, con ello, inicia la primera fase de disminución de horas de trabajo. Desde ese día todas las empresas deberán ajustar su jornada a las 44 horas semanales. En abril del año 2026 deberá bajar a 42 horas; y en igual período de 2028, a 40. Además, la ley contempla otros aspectos e incluye medidas de adaptabilidad laboral, como por ejemplo la posibilidad de que los trabajadores y empleadores, a través de un pacto escrito y de forma excepcional -y una vez al año-, puedan acordar que las horas extraordinarias se puedan compensar con cinco días de feriado, permitiendo compatibilizar la vida personal y el trabajo. Adicionalmente, la normativa considera la posibilidad de implementar desde abril próximo una distribución de jornada de cuatro días trabajados por tres de descanso, conocida como jornada 4x3, a la que sólo podrán acceder las empresas que ya tienen en régimen las 40 horas semanales.

Inicios de julio: salario mínimo a los $ 500 mil

▣ El próximo 1 de julio, el Ingreso Mínimo Mensual, también conocido como salario mínimo, subirá de los actuales $ 460 mil a los $ 500 mil para los trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años. Esta alza fue producto de la negociación que realizó el Gobierno en abril de 2022 con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) para definir los incrementos salariales. Además del aumento mismo, la negociación consideró una medida para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas a cumplir con el reajuste del ingreso mínimo mensual. Así, se diseñó un subsidio que consiste en un esquema de montos para cada uno de los períodos de alza del salario mínimo -ya que el alza a $ 500 mil ha sido escalonada-, el que varía según tamaño de firma. Dicho apoyo, además, tiene considerado una medida de protección que se activa ante escenarios económicos adversos. Dicho subsidio estará vigente hasta abril de 2025, y se apuesta a que beneficará a cerca de 180 mil MiPymes y Cooperativas. Esto representa un desembolso del Estado superior a los $ 320 mil millones, que en caso de activarse el mecanismo de protección estaría cercano a los $ 400 mil millones.

Julio: reglas más duras contra el acoso laboral

▣ El pasado 13 de diciembre el Congreso finalizó la tramitación de la denominada ley inspirada en el caso de Karin Salgado, una víctima de suicidio como consecuencia de acoso laboral. Así, la propuesta busca reforzar la prevención y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el mundo del trabajo. El texto, que se promulgará este viernes según confirma la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, incorpora el principio de enfoque de género y la obligatoriedad en la creación de protocolos de prevención sobre violencia y acoso, los cuales serán elaborados con la asistencia técnica de las mutualidades. La norma también incluye el concepto de "violencia en el trabajo", el cual se refiere a la violencia ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, como clientes, usuarios, proveedores, entre otros. Con esto, se busca que las empresas tomen acciones para prevenir ataques por parte de los usuarios y clientes a sus trabajadores. "La ley entrará en vigencia el primer día del sexto mes subsiguiente a su publicación en el Diario Oficial. Es decir, si se publica en enero, será en julio de 2024", dice Jara, agregando que se redactará un reglamento, el cual estará de cargo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, previo informe de la Dirección del Trabajo, mientras que la Superintendencia de Seguridad Social emitirá una norma de carácter general referida a las materias de prevención que la ley incorpora para los organismos administradores de la Ley 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Fuenet: DF

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