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Justicia rechaza nueva solicitud de retiro de ahorros previsionales

Corte rechazó peticiones de una madre y su hijo para costear una enfermedad catastrófica.

Fuente: Diario FinancieroPublicado el 27 de febrero de 2020.

En diciembre del año pasado, el Tribunal Constitucional (TC) rechazó los requerimientos de dos personas que buscaban retirar anticipadamente sus fondos previsionales desde las AFP Cuprum y Habitat, respectivamente.

Ahora, surgieron dos nuevas solicitudes para rescatar parte de los ahorros para la jubilación, con el propósito de costear una enfermedad catastrófica. Se trata de Rosa Ovalle Robles y su hijo Sebastián Muci Ovalle, quienes presentaron un recurso de protección en contra de las administradoras Habitat y Modelo.

Habitat resolvió denegar la solicitud a Ovalle, quien quería solventar los gastos de la enfermedad Síndrome Mielodisplásico Hipoplásico con alto riesgo citogénico que padece su hijo. Modelo, administradora a la que está afiliado Muci, también negó el requerimiento. Madre e hijo quieren retirar el 50% de sus fondos previsionales.

Antes de ayer, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección, argumentando que "no ha existido acto ilegal o arbitrario alguno de las AFP, las que han aplicado la legislación vigente, no pudiendo haber dado una respuesta distinta, porque habrían infringido la ley".

Administradoras versus solicitantes

AFP Modelo alegó la extemporaneidad del recurso dado que Muci comenzó a cotizar en 2016 en el sistema, generándose a partir de esa fecha una relación jurídica entre él y el sistema de pensiones. Hábitat también reclamó extemporaneidad aludiendo que es de público conocimiento que conforme al Decreto Ley N° 3.500, nunca ha sido posible devolver los fondos previsionales a los afiliados de la AFP porque "única y exclusivamente pueden ocuparse para el financiamiento de los beneficios previsionales".

La enfermera y su hijo aseguran que la negación a sus peticiones vulnera las garantías fundamentales del derecho a la vida y derecho de propiedad. Recalcan que el derecho a la vida, que es parte del derecho a la seguridad social, debe primar sobre cualquier argumentación que esgriman las AFP.

Fuente: Diario Financiero

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