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Caso SCOMP: Ministerio Público vuelve a la carga en contra de exasesor previsional, Andrés Orrego

La Fiscalía fijó una nueva audiencia de formalización para el 23 de junio por delitos contenidos en el DL 3.500 del sistema de pensiones. Asimismo, la Corte de Apelaciones falló en su contra, ratificando las multas administrativas de la CMF y la Superintendencia de Pensiones.

Fuente: Diario FinancieroPublicado el 15 de junio de 2020.

Andrés Orrego Arriagada era un hombre muy conocido en la industria aseguradora. Con importantes redes de contacto en compañías de seguros de vida, desde 2011 fue construyendo una cartera de personas que tocaban su puerta para buscar una asesoría previsional antes de tomar una de las decisiones más importantes de su vida: optar por una modalidad de pensión.

Orrego no solamente contaba con experiencia y explicaba de manera sencilla el complejo Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP), también, estaba inscrito en el registro de asesores previsionales de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Una especie de certificado que usaba para captar a más clientes.

Aunque la máquina financiera de Orrego parecía aceitada, a inicios de 2018 comenzaron a llegar algunos reclamos al organismo fiscalizador y junto a la Superintendencia de Pensiones (SP) en agosto de ese año detectaron casos de uso irregular de las copias de los Certificados de Ofertas de Pensión -emitidos por SCOMP- y adulteraciones por parte de agentes de venta de rentas vitalicias y asesores previsionales, con el objetivo de adelantar la aceptación de ofertas por parte del pensionado.

El denominado Caso SCOMP infringiría el marco normativo, ya que para la aceptación de una pensión se requiere el Certificado de Ofertas original emitido por este sistema. Este requisito tiene por finalidad que los pensionados cuenten con toda la información sobre las ofertas disponibles en cada caso, las cuales están contenidas en el Certificado de Ofertas, y además tengan el tiempo necesario para tomar una decisión debidamente asesorada.

Aunque se analizaron cerca de 6.000 casos con presuntas irregularidades, las miradas de los reguladores rápidamente se dirigieron a Orrego, ya que era uno de los principales actores de este negocio y porque era uno de los principales involucrados en el caso.

El 10 de abril de 2019, la CMF y la SP informaron las conclusiones de su investigación: Andrés Orrego recibió la máxima multa (dentro del primer grupo de seis sancionados) con una sanción de UF 1.140 y la expulsión del Registro de Asesores Previsionales.

"La infracción cometida corresponde a la elaboración, para sí y para terceros, de certificados de oferta SCOMP adulterados y utilizarlos para adelantar la aceptación de ofertas y selección de modalidad de pensión", dijeron los reguladores en ese momento.

En concreto, fue acusado de infringir el artículo 61 bis del Decreto Ley 3.500 del sistema de pensiones por no resguardar la privacidad de la información de 20 clientes y de 1.210 afiliados asesorados por otros intermediarios, haciendo uso no autorizado de sus datos personales.

El rechazo de la Corte de Apelaciones

Tras ser expulsado administrativamente del sistema previsional, Orrego acudió a la Corte de Apelaciones e interpuso un reclamo de ilegalidad en contra de la sanción que le habían aplicado los reguladores.

En dicha instancia, alegó -entre varios puntos- la supuesta incompetencia de la CMF y la SP para sancionar este tipo de conductas, argumentando que los reclamos y sanciones debían ser revisadas por un juez civil.

Asimismo, argumentó no haber cometido las infracciones sancionadas ya que, tanto sus 20 clientes como los indirectamente 1.210 afectados, habían autorizado el tratamiento de sus datos para los fines previsionales de selección de la pensión.

Asimismo, reclamó que los cambios hechos en las copias de los certificados de Oferta de Montos de Pensión fueron simplemente para "apurar el trámite" y en ningún caso para perjudicar a los afiliados.

Así, según la Corte, "surgió la creatividad tanto del señor Orrego como de otra serie de personas, las cuales cambiaban la palabra 'copia' por 'original' de estos certificados de ofertas, solo con el fin de poder realizar el trámite en el más breve plazo, motivados por el apuro de los clientes o evitar fuera tentado por la competencia".

Finalmente, el 9 de junio del presente año, la Corte de Apelaciones rechazó cada uno de los puntos esgrimidos por Orrego, validando la multa de la CMF y la SP.

El regreso del Ministerio Público vía Zoom

Por si fuera poco, el Ministerio Público fijó para el próximo 23 de junio una nueva audiencia de formalización en contra de Orrego, por vulnerar el artículo 61 bis del DL 3.500, donde arriesga hasta cinco años de presidio.

Cabe recordar que la Fiscalía ha intentado en al menos dos ocasiones previas formalizar a Orrego, sin embargo, este no se ha presentado. Considerando la situación sanitaria generada por el Covid-19, la audiencia se realizará por videoconferencia a través de la plataforma Zoom.

"En caso de que el citado no comparezca a la audiencia virtual fijada precedentemente, deberá comparecer personalmente el día 26 de agosto de 2020, a las 12:45 horas, en la Sala 503 de este Tribunal, ubicado en Av. Pedro Montt Nº 1606, Edificio A, Piso 5, comuna de Santiago", advirtió el Ministerio Público.

Fuente: Diario Financiero

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