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La desconocida disputa judicial entre AFP UNO y el Registro Civil por uso de la Clave Única

l organismo público rechazó la solicitud de suscribir un convenio de adhesión. La AFP interpuso un recurso de protección, que fue declarado como inadmisible por la Corte de Apelaciones, ratificado por la Suprema.

Fuente: DFPublicado el 19 de febrero de 2024.

El recurso de proteccion presentado por la AFP considera arbitrario e ilegal el rechazo del convenio solicitado al Registro Civil.

Una desconocida disputa legal mantiene AFP UNO -ligada al empresario Ignacio Álvarez- con el Registro Civil por la utilización de la Clave Única, mecanismo digital para realizar trámites online con organismos del Estado.

En marzo de 2023, AFP UNO se adjudicó la licitación de nuevos afiliados. Así, desde el 1 de octubre de 2023 y hasta el 31 de septiembre de 2025, todos los nuevos cotizantes serán afiliados a la administradora que hoy ofrece la menor comisión de la industria.

Casi dos años antes de ganar la licitación, a fines de 2021, AFP UNO inició una serie de gestiones con el Registro Civil para suscribir un convenio de adhesión que le permitiera la implementación de la Clave Única y así agilizar los procesos de los usuarios.

La solicitud fue rechazada por el Registro Civil, organismo público que argumentó su decisión por encontrarse en "un proceso interno de revisión por parte de nuestro Servicio, respecto de sus definiciones y alcances", según afirmó el recurso de protección presentado en enero de 2024 por AFP UNO ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Las gestiones

El 15 de diciembre de 2023, el gerente general de AFP UNO, Teo

Colombo, envió una carta al Registro Civil con miras a concretar el convenio de adhesión. Nuevamente la solicitud fue rechazada.

En la carta de respuesta, el Director Nacional del organismo, Omar Morales, explicó que "la implementación de la Clave Única es solo para empresas certificadoras de firma electrónica avanzada".

En su respuesta también señaló que "desde nuestro Servicio no es posible suscribir un convenio de adhesión para la implementación del servicio de Clave Única, sin contar previamente con la autorización legal de dicho ministerio".

La repartición pública a la que aludió Morales es el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que, a través de Gobierno Digital, administra la Clave única.

El ejemplo del AFC

A raíz de esta negativa, a fines de enero, la AFP UNO interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

La acción de AFP UNO tiene 29 páginas y en ella explicó las razones de llevar adelante su recurso de protección: considera arbitrario e ilegal el rechazo del convenio solicitado al Registro Civil.

Para UNO, la decisión del organismo público fue arbitraria ya que según la administradora "en 2023, el Registro Civil firmó un convenio con otras empresas privadas y particularmente con una que presta un servicio propio de la seguridad social".

Concretamente, el 13 de julio de 2023, el Registro Civil suscribió un convenio de adhesión para la implementación de la Clave Única con la Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III (AFC III).

"El Registro Civil ha suscrito convenios con otras empresas privadas, y particularmente con la AFC III, consorcio de propiedad de dos AFP y dos compañías de seguros, que no se dedica a la certificación de firmas electrónicas avanzadas y que, además, comparte los rasgos e intereses", señaló UNO.

Según el recurso de protección de UNO, el Registro Civil habría firmado el acuerdo con el AFC III porque debía "acceder a la solución tecnológica de Clave Única para autenticar la identidad de los usuarios que requieran sus servicios".

Sin embargo, desde la AFP apuntaron que esta decisión se efectuó "sin que se explicaran los procedimientos que se siguieron ni cómo es que fue evaluada la solicitud".

AFP UNO enfatizó en la acción judicial que, "en ambos casos la normativa que justifica el uso de la Clave Única como mecanismo de autenticación viene de la regulación sectorial del mismo órgano administrativo: la Superintendencia de Pensiones".

La norma del regulador

El 4 de julio de 2023, tres meses después de que AFP UNO se adjudicara la licitación, la Superintendencia de Pensiones, dictó una norma que actualizó las instrucciones relativas a las operaciones a través de sus sitios web.

Según UNO, la nueva normativa modificó el compendio de regulaciones incorporando la obligación de las AFP de ofrecer a los afiliados y usuarios realizar más de 40 trámites a través del sitio web.

Sin embargo, para poder autentificar la identidad en línea de los nuevos usuarios y cotizantes, se requiere la Clave Única. AFP UNO sostuvo que, si bien existen otros mecanismos de autentificación, éstos no poseen el éxito que tiene la Clave Única.

Así, el documento de AFP UNO acusa de ilegal la respuesta del Registro Civil, al "infringir el deber de coordinación administrativa, al frustrar el cumplimiento de la regulación impuesta para el sector por la Superintendencia de Pensiones".

Consultada por DF, la AFP añadió que "las personas que decidan cambiarse a UNO, gracias a la existencia y facilidad de la Clave Única, pueden aumentar su sueldo en hasta $ 356.000 al año, al pagar una comisión casi tres veces menor que en otras AFP".

El rechazo del recurso y los pasos a seguir

A pesar de la ofensiva presentada por UNO, el 26 de enero de 2024 la Corte de Apelaciones de Santiago declaró como inadmisible el recurso de protección, el cual fue ratificado por la Corte Suprema.

Respecto a las vías que va tomará la AFP para lograr el convenio de Clave Única, afirmó a DF "estamos evaluando todas las alternativas existentes que nos permitan entregar un servicio digital, seguro y de fácil uso".

Fuente: DF

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